Beneficios Laborales
Pymes y Emprendedores
Chile · 2026
6 min de lectura

Subsidio Unificado de Empleo: la nueva oportunidad para contratar y reducir costos laborales desde octubre de 2026

Actualizado agosto 2026
Contapapaya.cl

La Ley N.º 21.808 crea un nuevo subsidio estatal para empresas que contraten a jóvenes, mujeres, personas mayores de 55 años y personas con discapacidad. El beneficio no es automático: tu pyme deberá cumplir requisitos laborales, previsionales y administrativos para acceder a él y, sobre todo, para mantenerlo en el tiempo.

¿Qué es el Subsidio Unificado de Empleo?

Contratar a una nueva persona siempre es una decisión importante para una pyme: no solo implica el sueldo, sino también cotizaciones, obligaciones laborales y el riesgo de aumentar costos antes de que el nuevo puesto genere resultados.

A partir del 1 de octubre de 2026 entra en vigencia la Ley N.º 21.808, que crea el Sistema de Subsidio Unificado de Empleo. El beneficio es financiado por el Estado, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y fiscalizado por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Su objetivo es promover la contratación formal de personas con más dificultades para incorporarse o volver al mercado laboral.

La ley reemplaza y unifica tres beneficios que existían por separado: el Subsidio al Empleo Joven, el Bono al Trabajo de la Mujer y el Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes. Ahora hay un solo sistema, que entrega aportes tanto a la persona trabajadora como a la empresa que la contrata.

¿A quiénes está dirigido este beneficio?

El subsidio busca beneficiar la contratación de personas de estos grupos prioritarios:

Jóvenes entre 18 y 24 años.

Mujeres entre 25 y 54 años.

Personas desde los 55 años.

Personas con discapacidad, desde los 18 años, inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.

Pueden postular las empresas privadas que contraten a personas de estos grupos y cumplan los requisitos legales. Quedan excluidas las sociedades del Estado y las empresas públicas creadas por ley.

¿Cuánto podría recibir tu empresa?

El aporte se calcula como un porcentaje de la remuneración bruta mensual de la persona contratada: la persona trabajadora puede recibir hasta un 20% de su remuneración bruta, y la empresa hasta un 20% del sueldo bruto pagado. En conjunto, ambos beneficios deben sumar un 30% para cada grupo prioritario. Además, cada empresa puede recibir el subsidio por un máximo de 200 personas beneficiarias.

 Dato clave

El monto exacto depende del sueldo: si la remuneración es igual o inferior a 1,25 ingresos mínimos mensuales se aplica el porcentaje completo; si supera ese tope pero no llega a 2,25 ingresos mínimos, el aporte disminuye progresivamente. SENCE dispondrá de un simulador oficial para calcular el monto aplicable antes de postular.

Requisitos que debe cumplir tu pyme

Aquí está el punto más importante: no basta con contratar a alguien de un grupo prioritario. Tu empresa también deberá, entre otras condiciones:

Ser contribuyente de primera categoría.

Mantener al día las cotizaciones previsionales.

No haber tenido una relación laboral con esa persona en los últimos 12 meses.

Presentar la postulación dentro de los primeros 3 meses desde el inicio del contrato.

No registrar condenas por prácticas antisindicales, vulneración de derechos fundamentales o delitos concursales en los últimos 2 años.

Una cotización atrasada, una postulación fuera de plazo o una contratación sin verificar antecedentes puede significar perder la oportunidad, aunque la persona contratada cumpla todos los requisitos.

¿Tus cotizaciones previsionales están al día?

Es el primer requisito que revisa SENCE. En ContaPapaya podemos ayudarte a verificarlo antes de postular a este subsidio.

 Revisar mis cotizaciones

¿Cómo y cuándo se postula?

La solicitud se presenta a través de la Ventanilla Única Social, plataforma digital del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Puede postular la persona trabajadora por su cuenta, o la empresa, postulando en conjunto por ella y la persona contratada. Si la empresa postula y es aprobada, el beneficio se concede también a la persona trabajadora.

En cuanto a duración, las personas trabajadoras reciben el beneficio hasta por 12 meses (15 meses en el caso de personas con discapacidad), mientras que la empresa lo mantiene mientras siga vigente la relación laboral y se cumplan los requisitos.

¿Cuándo se puede perder el beneficio?

El pago puede suspenderse temporalmente en casos como subsidios por incapacidad laboral, accidentes del trabajo o licencia por hijo enfermo. Además, la empresa puede perder el beneficio en forma definitiva si mantiene cotizaciones previsionales impagas durante dos meses, comete infracciones graves al Código del Trabajo, o es condenada por las causales antes mencionadas.

 Consejo práctico

No trates este subsidio como un trámite que termina al ser aprobado. Es un beneficio que debe gestionarse mes a mes: si tus cotizaciones se atrasan aunque sea por dos meses, puedes perderlo por completo.

Checklist: qué preparar desde ahora

Aunque la ley rige desde octubre de 2026, si planeas contratar en el último trimestre del año conviene empezar antes:

Revisa tus contrataciones futuras

Identifica cargos que podrían cubrirse con personas de los grupos prioritarios.

Ordena tus cotizaciones

Verifica que estén completamente pagadas antes de postular.

Ten todo a mano

Contratos, liquidaciones de sueldo y comprobantes de cotizaciones al día.

Controla los plazos

Postula dentro de los primeros 3 meses de cada nuevo contrato.

Preguntas frecuentes

1¿Desde cuándo se puede postular al subsidio?

La ley entra en vigencia el 1 de octubre de 2026. Las empresas que planeen contratar durante el último trimestre del año conviene que empiecen a prepararse antes.

2¿Se puede combinar con otros subsidios a la contratación?

No. El Subsidio Unificado de Empleo no es compatible con otros beneficios financiados por la Ley de Presupuestos que también reduzcan el costo de contratación. Si tu empresa tiene más de una alternativa, deberá elegir cuál usar, comparando monto, duración, requisitos y riesgos de suspensión.

3¿Qué renta puede tener la persona contratada?

Su renta bruta mensual debe ser igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales. Además, en general debe haber estado desempleada 6 meses continuos (u 8 meses discontinuos en los últimos 18) y ubicarse en un tramo de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares, salvo que se trate de una persona con discapacidad.

4¿Cuántas personas puede subsidiar una misma empresa?

Hasta 200 personas beneficiarias por empresa, siempre que se cumplan los requisitos individuales de cada contratación.

Prepara a tu pyme para el Subsidio Unificado de Empleo

En ContaPapaya revisamos tus cotizaciones, ordenamos tus antecedentes laborales y evaluamos si tu próxima contratación puede calificar, antes de que el contrato esté firmado.

 Conversemos por WhatsApp

Este artículo tiene fines informativos y no reemplaza una revisión particular de los antecedentes de la empresa o de la persona trabajadora. Los porcentajes, fórmulas y parámetros aplicables deben confirmarse en las plataformas y disposiciones oficiales vigentes al momento de la postulación.

Fuentes: Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso Nacional, texto de la Ley N.º 21.808, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).