Soluciones
Guía de despacho
Resolución 154 SII
Lo que cambia con la Resolución 154 del SII el 1 de noviembre
Actualizado octubre 2026
Contapapaya.cl
Si tu pyme traslada mercadería, desde el 1 de noviembre de 2026 tus guías de despacho y facturas de traslado deberán incluir más información sobre quién transporta, desde dónde, hacia dónde y qué se lleva. El SII postergó la fecha original, pero no habrá una segunda oportunidad. Aquí tienes el checklist de campos y el plazo real para adaptar tu sistema.
¿Qué cambia con la Resolución 154?
La Resolución Exenta N.º 154 del SII, publicada el 5 de noviembre de 2025, aplica a los contribuyentes de IVA que emiten guías de despacho o facturas para respaldar el traslado físico de bienes. La idea es que el documento refleje fielmente el traslado real.
Más datos obligatorios
Transportista, conductor, vehículo, origen, destino y bienes.
Una guía por traslado
Cada documento ampara un traslado y un vehículo, no varios.
Envío previo al SII
El documento debe enviarse antes de que parta el vehículo.
Registro de Guías
El SII implementará un registro oficial de guías de despacho.
¿No sabes si tus guías incluyen los campos exigidos?
Te ayudamos a revisarlo con una auditoría de procesos documentales.
Solicitar auditoría
Checklist de campos obligatorios
Revisa que tu sistema permita capturar e imprimir cada uno de estos datos, además de los requisitos tributarios que ya exigías.
Transportista y conductor
RUT del transportista, nombre completo y cédula de identidad del conductor.
Vehículo
Patente del vehículo, remolque o semirremolque. Si no se conoce, debes indicarlo expresamente.
Direcciones
Dirección y comuna del origen efectivo y del destino efectivo del traslado.
Detalle de bienes
Descripción clara, cantidad de unidades, peso o volumen y precio unitario.
Tipo de traslado
Venta, consignación, traslado interno, devolución, exportación u otro, según la operación real.
Fecha y hora
Deben coincidir con el inicio efectivo del traslado.
Reglas de emisión que también cambian
Si cambian los datos
Cambio de conductor, vehículo o destino exige un nuevo documento que referencie al anterior.
Traslados de más de un día
Indica el motivo y la fecha estimada de entrega; si no, la vigencia es solo la fecha de emisión.
Entregas parciales
Cada entrega a un destinatario distinto se documenta por separado.
Sin cobertura móvil
Puedes usar la versión impresa, pero debes enviarla al SII apenas vuelva la conexión.
El plazo para adaptar tu sistema de facturación
La entrada en vigencia estaba fijada para el 1 de mayo de 2026, pero la Resolución Exenta N.º 52 la postergó al 1 de noviembre. Hasta el 31 de octubre sigues emitiendo con las normas actuales, aunque puedes implementar los cambios antes si tu sistema ya es compatible con los formatos técnicos del SII.
Dato clave
Desde el 1 de noviembre se aplican las sanciones por incumplimiento, que pueden incluir multas, clausura e inmovilización del vehículo según la infracción. Probar tu sistema con anticipación es más barato que corregirlo con la carga en ruta.
¿Cómo ayuda ContaPapaya?
Con nuestra Auditoría de procesos documentales revisamos cómo se generan tus guías y facturas de punta a punta, para detectar brechas antes de que lo haga una fiscalización.
Diagnóstico de campos
Verificamos que tu sistema capture los datos exigidos.
Revisión del flujo
Del pedido a la bodega y la emisión del documento.
Plan de ajustes
Priorizamos qué corregir antes del 1 de noviembre.
Revisa si tu sistema ya cumple la Resolución 154
Quedan pocas semanas. Agenda tu auditoría de procesos documentales con ContaPapaya.
Hablar con un asesor
Preguntas frecuentes
1¿Cuándo entra en vigencia la Resolución 154?⌄
El 1 de noviembre de 2026, tras la prórroga establecida por la Resolución Exenta N.º 52 del SII. Hasta el 31 de octubre rigen las normas actuales.
2¿Quiénes deben cumplirla?⌄
Los contribuyentes de IVA que emiten guías de despacho o facturas para respaldar el traslado físico de bienes corporales muebles.
3¿Debo cambiar de proveedor de facturación electrónica?⌄
No necesariamente. Lo importante es que tu sistema actual pueda capturar y enviar los nuevos datos. Confírmalo con tu proveedor y haz pruebas antes de la fecha.
4¿Debo informar el precio en traslados que no son venta?⌄
En esos casos puede omitirse el precio unitario cuando corresponda, pero debes informar claramente el motivo del movimiento, por ejemplo una devolución, consignación o traslado entre bodegas.